lunes, 24 de marzo de 2014

NORMATIVA


Cuando se nos propuso continuar trabajando con la normativa para avanzar en nuestro proyecto empecé a cuestionarme que normativas o leyes referentes a que temas  podrían aportarme un mayor empuje en mi investigación. Tras un primer análisis escogí dos que estimé podrían aportarme más información en este punto de la investigación. El referente a la resistencia al fuego y el acústico, quedando este último en un segundo plano, al ser fácilmente realizable al solo buscar un aislamiento acústico en una estancia.

La primera normativa estudiada fue el DB SI, concretamente el apartado 4.3 referido a tejidos. La idea de comenzar esta investigación surgió de una conversación telefónica con Silvia Fitur de la empresa Ferrari. En un principio, la conversación versó sobre las características de los tejidos, en ese momento surgió el conflicto de cómo catalogar el prototipo que me hallo diseñando.

En un primer momento le adjudique la categoría de cerramiento textil, con un requerimiento M2. Sin embargo, al comentárselo a Silvia Fitur me explicó que esa categoría solo se adjudicaba a elementos textiles colocados en exteriores, al sobreentenderse que si el ejemplo aportado por el CTE era referente a un elemento exterior, todo el apartado hacía referente a elementos únicamente exteriores. Por lo que, en su defecto, me proponía una clasificación de “Clase 1” (mucho menos exigente), si lo considerábamos como un elemento colgado.

En definitiva, tras estudiar el DB SI y la conversación con la experta en tejidos tenía dos posibilidades. La primera, considerarlo como lo que yo consideraba que era, un elemento constructivo textil, con su consiguiente requerimiento M2 o eliminar la consideración de tensado para equipararlo a un elemento colgado como pueden ser las cortinas. De esta manera únicamente requeriría una “Clase 1” que cumplen de por si la mayoría de los tejidos que me encuentro estudiando.

La primera opción poseía una mayor verdad proyectual, sin embargo suponía tener que tratar químicamente a la mayoría de tejidos para convertirlos en ignífugos y que pasaran el test de la norma UNE 13773 que los acreditaría para poder ser utilizados en construcción. El problema de estos tratamientos, a parte del encarecimiento, eran los posibles cambios de color, entre otras características del material, que no quería  que se produjesen, ya que mi interés radica en integrar en el hogar las sensaciones que produce un tejido natural.

Querría hacer un inciso en mi discurso, para explicar que aunque la posibilidad de no cumplir la norma siempre existió, la descarté, porque siendo sincera, en mi futuro profesional no me veo desobedeciendo conscientemente una normativa que podría conllevarme responsabilidades civiles debido a la intranquilidad que me supondría. Por lo que mi punto de partida siempre fue el de buscar un consenso entre normativa y proyecto.

Volviendo al tema central de mi discurso, la opción B (considerar mi prototipo como un elemento colgado) me podría aportar la posibilidad de utilizar el tipo de tejidos deseados, pero incurriría en una falsedad, ya que no está colgado sino tensado, por lo que tampoco me sentía cómoda en esta situación.

Investigando otras normativas y posibilidades de tejidos me fijé en un material que en un principio había pasado desapercibido, la lana. Un material intrínsecamente ignífugo que se adaptaría a todos mis requerimientos y también a los normativos. No obstante, no quería limitarme a un único material ya que busco crear un juego de materiales y texturas.

Y fue al continuar investigando sobre otras aplicaciones de los materiales textiles cuando encontré una exposición sobre arte textil que me dio una idea que no solo permitía utilizar los materiales deseados sino que también casaba con la idea de propuesta de involucrar el cambio de la ciudad en la vivienda.

La idea dada por la exposición “Arte Textil Contemporánea” publicada por el Museo Nacional de Bellas Artes de Chile en Octubre de 2012. Consiste en considerar las particiones como una instalación artística cambiante, en la que jóvenes artistitas expondrían sus trabajos gratuitamente a cambio de ser publicitados en la página web del estudio de Langarita-Navarro.

Reflexionando sobre la necesidad o no de la reformulación de la normativa que he estudiado esta semana, creo que si bien a mi las imposibilidades normativas me han llevado a un giro proyectual que considero más interesante, también considero que habría que reformularla ya que no tiene en cuenta la posibilidad de aportar sistemas frente al fuego adicionales que aseguren la seguridad de los habitantes.



“Arte Textil Contemporánea” publicada por el Museo Nacional de Bellas Artes de Chile en Octubre de 2012 accesible en: http://issuu.com/chilecrea/docs/artetextil?e=6038614/2632320

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